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El Consorcio Garrigues para el Desarrollo del Territorio (CGDT) es una entidad que ha sido constituida para llevar a cabo, como dice su nombre, el desarrollo de nuestra comarca. El Consorcio está integrado por todos los ayuntamientos de la comarca de Les Garrigues y ocho municipios de la comarca del Segrià, junto con entidades representativas de diferentes municipios como las cooperativas, asociaciones culturales y otras entidades como la Diputación de Lleida, la Universidad de Lleida y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Lleida, entre otros.

El Consorcio que se crea tiene naturaleza de entidad pública de carácter asociativo con personalidad jurídica propia distinta de la de los entes consorciados, una vez tengan eficacia los acuerdos aprobados para su constitución.

El Consorcio tiene plena capacidad jurídica para realizar y conseguir las finalidades que constituyen su objeto. En consecuencia, puede adquirir, poseer, reivindicar y alienar bienes muebles e inmuebles de todo tipo, obligarse, hacer contratos, ejercer acciones y excepciones e interponer recursos de acuerdo con la legislación vigente, siempre que estos actos se realicen para el cumplimiento de fines y de las actividades que constituyen su objetivo.

El Consorcio debe realizar sus actividades en nombre propio para el cumplimiento de las finalidades y funciones.

OBJETIVOS  

Los objetivos generales por los que se crea el CGDT son los siguientes:
  • Promoción económica y social de la comarca de Les Garrigues y de los municipios de la comarca del Segrià adheridos al proyecto comunitario Proder y a la realización de cualquier actuación necesaria para impulsar el desarrollo de los municipios de su territorio.
  • Gestionar y optimizar los recursos económicos asignados a su ámbito territorial para la iniciativa comunitaria Proder o de naturaleza parecida, así como de cualquier otra línea de ayuda a la que se pueda acoger para conseguir sus objetivos.
  • - El Pleno del Consorcio en acuerdo podrá ampliar los objetivos a otras funciones relacionadas con el desarrollo de la comarca.

Objetivos específicos y orientaciones estratégicas:

  • Bonificar la contratación de colectivos de interés como mujeres, jóvenes, discapacitados, parados de larga duración e inmigrantes.
  • Redistribución de la actividad productiva: se tiene en cuenta la creación de actividades económicas a los núcleos más rurales y despoblados para garantizar la continuidad de la población y la preservación de los núcleos y del patrimonio natural y cultural.
  • Favorecer la creación de actividades económicas vinculadas principalmente con el turismo; la transformación y la comercialización de los productos de la artesanía alimenticia y la diversificación de las actividades en el ámbito agrario.
  • Crear un espíritu emprendedor mediador: acciones de dinamización, acciones de formación y servicios de asesoramiento y guía.
  • Mejorar la oferta de servicios comerciales, de ocio, de actividades de proximidad y mejora de la calidad de vida en la zona, de forma que se incrementen las posibilidades de servicios que favorecen la continuidad de la población en el territorio y generen nuevos atractivos para la captación de turismo.
  • Crear condicionantes y fomentar la creación de una marca de identidad de territorio que pueda utilizarse en los productos y servicios que aporten como valor añadido una garantía de calidad o de servicios satisfactorios.
  • Premiar las acciones innovadoras a la zona que sirven como ejemplo de las posibilidades del territorio para diversificar las actividades productivas existentes.
  • Favorecer las acciones asociativas y de promoción de los productos y servicios locales.
  • Incentivar la movilización de los recursos de ahorro locales para crear nuevas oportunidades de inversión y mejor rendimiento.
DURACIÓN  

El Consorcio queda vigente mientras perdure la necesidad de los fines y las funciones que se le atribuyen, excepto que, por imposibilidad sobrevenida para el cumplimiento de sus fines u otras circunstancias excepcionales, se decida disolverlo por acuerdo de sus miembros siguiendo el mismo procedimiento que para constituirlo.

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